El Tribunal Superior de Bogotá rechazó la solicitud de medida cautelar presentada por la defensa del expresidente Álvaro Uribe Vélez, quien pedía suspender la orden de prisión domiciliaria emitida por un juzgado de la capital. La petición fue hecha en el marco de una acción de tutela interpuesta por su abogado, Jaime Granados.
La Sala fue clara: no hay elementos suficientes para frenar provisionalmente la medida, pues toda decisión judicial goza de presunción de legalidad hasta que una instancia superior diga lo contrario. “Las decisiones de los jueces gozan de presunción de acierto y legalidad (…) como garantía de los postulados constitucionales”, señaló el fallo.
El Tribunal también advirtió que la inconformidad de una parte no basta para suspender una medida judicial. Se necesitarían pruebas claras de que se está violando un derecho fundamental de forma grave e inminente, algo que en este caso no se acreditó.
“No existen motivos para que, en este estadio del proceso de tutela, se suspenda la orden dictada”, concluyó el fallo, indicando que no se evidencia ninguna irregularidad seria ni afectación de derechos fundamentales más allá del desacuerdo con la decisión.
El Tribunal también fue enfático en que no se puede calificar la medida de “arbitraria”, ya que se trata de una decisión de primera instancia y aún falta agotar el principio de doble conformidad. Por tanto, cualquier análisis sobre su legalidad debe esperar al estudio completo de la tutela.
📄 La decisión no resuelve el fondo del caso, sino únicamente la solicitud de suspensión temporal. La orden de casa por cárcel sigue vigente mientras el magistrado Leonel Rogeles Moreno estudia el expediente y emite su fallo definitivo, lo cual deberá ocurrir dentro de un plazo de 10 días hábiles.