La Sección Quinta del Consejo de Estado decidió este 18 de junio suspender provisionalmente el decreto 0639 de 2024, mediante el cual el presidente Gustavo Petro convocaba a una consulta popular nacional para el próximo 7 de agosto de 2025. La medida se toma mientras se resuelve una demanda de nulidad presentada por 12 congresistas, quienes argumentan que la convocatoria omitió el aval obligatorio del Senado.
⚖️ ¿Qué dijo el Consejo de Estado?
“La convocatoria a consulta popular requiere concepto previo favorable del Senado, tal como lo exigen el artículo 104 de la Constitución y las leyes 134 de 1994 y 1757 de 2015. Dicho aval no existe en este caso”, señala el fallo de la corporación.
La decisión significa que el decreto pierde validez jurídica de forma temporal, y no se podrán realizar actividades preparatorias para la jornada electoral prevista.
🧑⚖️ La demanda fue interpuesta por los siguientes congresistas:
Efraín Cepeda Sarabia
Marcos Daniel Pineda García
Nadia Blel Scaff
Mauricio Giraldo Hernández
Lorena Ríos Cuéllar
Carlos Fernando Motoa
Germán Blanco Álvarez
Samy Merheg
Juan Carlos García Gómez
Antonio Luis Zabaraín
Esperanza Andrade Serrano
Soledad Tamayo Tamayo
Los demandantes aseguran que el decreto desconoció un concepto negativo del Senado sobre la propuesta de consulta, por lo cual habría violación constitucional.
🎙️ Opinión experta
El constitucionalista Germán Calderón España explicó a Caracol Radio:
“El proceso de consulta popular queda suspendido hasta que se resuelva de fondo esta demanda. El Registrador Nacional ya no está obligado a acatar el decreto, pues este perdió su vigencia jurídica”.
⚠️ Contexto adicional:
La Corte Constitucional tramita otras 11 demandas por presunta inconstitucionalidad del decreto.
Esta suspensión no es definitiva, pero bloquea el proceso electoral hasta una decisión de fondo por parte del Consejo de Estado.