La Corte Constitucional declaró ajustada a la Constitución la Ley 2385 de 2024, con ponencia del magistrado Miguel Polo Rosero, prohibiendo de manera definitiva:
Corridas de toros 🐂
Rejoneo 🏇
Novilladas y becerradas
Tientas
Además, la norma también incluyó la prohibición de coleo con toros, corralejas y peleas de gallos 🐓, prácticas que quedaron vetadas tras el control de constitucionalidad.
La Sala Plena resaltó que se trata de un paso hacia la transformación cultural y el bienestar animal, señalando que estas actividades “socavan la integridad de formas de vida no humana”.
📌 Un punto clave: la entrada en vigencia se difiere hasta 2028, con el fin de dar un periodo de transición laboral y cultural a quienes dependen de estos espectáculos.
Con esta decisión, la Corte ratifica la apuesta del país por un modelo que prioriza la protección animal y marca un cambio profundo en las tradiciones que involucran maltrato.