El Gobierno Nacional puso en marcha el Decreto 1474 de 2025, dentro del marco de la emergencia económica, que aumenta impuestos al IVA y al consumo de productos como licores y cigarrillos con el objetivo de elevar el recaudo fiscal.
📊 Cambios tributarios que impactan los precios: • El IVA para bebidas alcohólicas, que antes era del 5%, subió al 19 %, lo que encarece directamente el precio final al consumidor. • El impuesto al consumo también se incrementó, con un componente específico que pasó de 342 pesos a 750 pesos por grado alcoholimétrico en unidades de 750 ml, y un componente ad valorem que subió al 30 %. • En los cigarrillos, la tarifa del impuesto por cajetilla se disparó de alrededor de 4.000 pesos a más de 11.000 pesos para 2026.
🍾 Ejemplos de nuevos precios sugeridos: • Aguardiente Amarillo de Manzanares (750 ml): pasó de ~49.705 pesos a 71.112 pesos (≈43 % más). • Ron Viejo de Caldas tradicional (750 ml): de ~54.545 pesos a 84.604 pesos (≈55 % más). • Aguardiente Antioqueño (750 ml): el impuesto por unidad saltó de ~17.500 pesos a 33.000 pesos. • Whiskys importados: por ejemplo, una botella Old Parr 12 años podría ir de un rango de ~135.000–165.000 pesos a 136.000–178.000 pesos, y Buchanan’s estándar de ~147.000–180.000 pesos a 170.000–215.000 pesos, dependiendo del establecimiento.
🚬 En el caso de los cigarrillos, el fuerte aumento en el impuesto hace que el precio final por cajetilla crezca significativamente, presionando el bolsillo de los consumidores.
📌 Estas medidas han generado preocupación entre consumidores, autoridades regionales y la industria, que advierten riesgos como contrabando, afectación al mercado formal y pérdidas de ingresos que antes financiaban servicios públicos locales.
🚨 Las autoridades de salud ordenaron el cierre de un centro estético en la ciudad de Cali tras detectar que estaba realizando procedimientos médicos invasivos sin contar con la habilitación exigida por la normatividad sanitaria.
🏥 Durante una inspección, funcionarios encontraron presuntas irregularidades relacionadas con la prestación de servicios que requieren condiciones especiales de infraestructura, equipos, protocolos y personal capacitado. Según las autoridades, el establecimiento no tenía autorización para efectuar este tipo de intervenciones.
⚖️ La medida de cierre busca proteger la salud y seguridad de los usuarios, ya que los procedimientos invasivos pueden generar complicaciones graves cuando son realizados en lugares que no cumplen los requisitos técnicos y sanitarios establecidos.
🔎 Las autoridades recordaron a la ciudadanía la importancia de verificar que clínicas, consultorios y centros estéticos cuenten con la habilitación correspondiente antes de someterse a tratamientos médicos o estéticos, especialmente aquellos que impliquen inyecciones, cirugías menores o procedimientos que afecten tejidos del cuerpo.
📋 Entre las recomendaciones se encuentra solicitar información sobre la habilitación del establecimiento, confirmar las credenciales de los profesionales que realizan los procedimientos y verificar que existan condiciones adecuadas de bioseguridad.
⚠️ El caso vuelve a poner sobre la mesa las preocupaciones por la proliferación de establecimientos que ofrecen tratamientos estéticos sin cumplir plenamente las exigencias legales, una situación que las autoridades sanitarias aseguran seguirán vigilando mediante operativos e inspecciones permanentes.
✈️ La Asociación Internacional de Transporte Aéreo (IATA) y varias aerolíneas manifestaron su preocupación por la creciente congestión que enfrenta el aeropuerto Aeropuerto Internacional El Dorado, considerado actualmente el caso más crítico de saturación aeroportuaria en Colombia.
📈 Roberto Alvo, presidente de la junta directiva de la IATA y CEO de LATAM Airlines, señaló que El Dorado se encuentra prácticamente saturado en todas las franjas horarias disponibles, situación que limita el crecimiento de la conectividad aérea nacional e internacional.
👥 Según cifras citadas en el informe, la terminal moviliza más de 45 millones de pasajeros al año. Solo en enero de 2026 registró cerca de 16.000 vuelos y más de dos millones de viajeros, con una ocupación superior al 86 %.
🛫 Desde el sector aéreo también se ha pedido una mejor gestión de los llamados «slots» o permisos de despegue y aterrizaje. La IATA considera que algunos horarios asignados no están siendo utilizados de acuerdo con los estándares internacionales, lo que dificulta que otras aerolíneas puedan ampliar sus operaciones.
⚠️ La preocupación surge en medio de otros desafíos operativos recientes, entre ellos retrasos, restricciones temporales por seguridad y debates sobre la capacidad del sistema aeronáutico para atender el crecimiento de la demanda aérea en el país.
🏗️ Aunque existen proyectos de ampliación y mejoras para los próximos años, representantes del sector consideran que se requieren medidas de corto plazo para evitar que la congestión afecte la competitividad de Bogotá como centro de conexión aérea de América Latina.
🏆 Pese a estas dificultades, El Dorado continúa siendo uno de los aeropuertos más importantes de la región y ha recibido varios reconocimientos internacionales por calidad de servicio y conectividad.
🏢 Una de las dudas más frecuentes entre propietarios de apartamentos en Colombia es si deben seguir pagando la cuota de administración cuando el inmueble está vacío o no está siendo habitado.
⚖️ La respuesta es sí. Bajo el régimen de propiedad horizontal regulado por la Ley 675 de 2001, la obligación de pagar las cuotas de administración recae sobre el propietario del inmueble, independientemente de que el apartamento esté ocupado, arrendado o completamente desocupado.
💰 Esto se debe a que las cuotas de administración financian gastos comunes como vigilancia, aseo, mantenimiento de zonas comunes, servicios generales, seguros y demás costos necesarios para el funcionamiento de la copropiedad. Estos gastos existen aunque una unidad privada no esté siendo utilizada.
📋 La ley establece que cada propietario debe contribuir a esos gastos de acuerdo con su coeficiente de copropiedad, es decir, la participación que tiene su inmueble dentro del conjunto o edificio.
🚫 El hecho de no vivir en el apartamento no exime del pago. Tampoco constituye una causal para solicitar descuentos automáticos o suspender la obligación, salvo situaciones excepcionales que estén expresamente contempladas en el reglamento interno de la copropiedad o sean aprobadas por la asamblea de propietarios.
⚠️ Si el propietario deja de pagar, puede generar intereses de mora, cobros jurídicos e incluso procesos ejecutivos para recuperar la deuda, además de otras medidas contempladas en la normatividad y en el reglamento de la copropiedad.
📌 En resumen: aunque un apartamento permanezca vacío durante meses o incluso años, su propietario sigue teniendo la obligación legal de asumir el pago de la administración porque continúa siendo copropietario de las zonas y servicios comunes del edificio o conjunto residencial.