La Décima Tercera Brigada del Ejército Nacional anunció que queda suspendida la vigencia de los permisos para el porte de armas de fuego y traumáticas en Bogotá y el departamento de Cundinamarca desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2026, medida oficializada mediante la Resolución 00000248 de 2026.
📍 ¿Qué significa esta suspensión? La decisión implica que personas naturales y jurídicas no podrán portar armas legalmente en estas zonas durante todo el año, a menos que se cumpla alguna de las excepciones establecidas.
✔️ Excepciones principales: • Municipios de Medina y Paratebueno (Cundinamarca): allí sí siguen vigentes los permisos para portar armas. • Organizaciones y entidades como: Fiscalía General, Procuraduría, Contraloría, Inpec, Migración Colombia, UNP, Dirección Nacional de Inteligencia, empresas de seguridad privada y misiones diplomáticas. • Personal activo y veteranos de las Fuerzas Militares y de Policía y otros casos contemplados en la normativa vigente también mantienen sus permisos.
📅 Vigencia: La medida aplica desde las 00:00 del 1 de enero de 2026 hasta las 24:00 del 31 de diciembre de 2026 en Bogotá y Cundinamarca (con sus excepciones), así como en algunos municipios de Meta (San Juanito y Calvario).
⚖️ Las autoridades advierten que portar armas sin estar dentro de las excepciones puede constituir un delito de porte ilegal, con sanciones según lo establecido en el Código Penal colombiano.