🔎 El debate sobre la emisión en vivo de los Consejos de Ministros del presidente Gustavo Petro llegó a instancias judiciales.
📌 Puntos clave del caso: 🔹 Una abogada presentó una acción de tutela argumentando que las transmisiones afectan la libertad de información y el derecho a elegir contenidos televisivos. 🔹 El Consejo de Estado admitió la demanda y vinculó a los principales canales de televisión (Caracol, RCN y Canal Uno). 🔹 La discusión se centra en si el uso del espectro electromagnético para estos eventos representa una extralimitación del Gobierno.
📜 Aspectos legales en juego: ⚖️ Ley 182 de 1995: Permite al presidente dirigirse al país por TV, pero con restricciones establecidas por la Corte Constitucional. ⚖️ Ley 63 de 1923: Declara reservadas las sesiones del Consejo de Ministros, prohibiendo la divulgación de sus discusiones.
📺 Consejos de Ministros televisados bajo Petro: 1️⃣ 4 de febrero: Primer evento transmitido en canales privados y públicos (más de 6 horas). 2️⃣ 3 de marzo: Solo en medios públicos, evitando horario estelar. 3️⃣ 10 de marzo: Incluyó condecoraciones a la fuerza pública. 4️⃣ 25 de marzo: Coincidió con el partido Colombia vs. Paraguay y se transmitió solo en medios públicos.
👀 ¿Crees que estas transmisiones fortalecen la transparencia o afectan la programación y derechos ciudadanos?