🧾🇨🇴 El Ministerio del Trabajo, bajo la dirección de Natalia López Fuentes, dejó sin efectos 11 circulares emitidas durante el Gobierno anterior, luego de revisar si estos documentos se ajustaban a las competencias legales de la entidad. La decisión quedó establecida mediante la Resolución 2708 de 2026 y generó reacciones tanto del sector empresarial como de las organizaciones sindicales, que tienen posiciones opuestas frente al alcance de la medida. ⚖️📑
La revisión adelantada por la cartera laboral tuvo en cuenta aspectos como la competencia de la autoridad, la reserva de ley, el debido proceso y la jerarquía normativa.
Según explicó el Ministerio, las circulares tienen como función orientar e impartir instrucciones dentro de la administración pública, pero no pueden utilizarse para crear nuevas obligaciones, procedimientos o facultades que requieran un respaldo constitucional o legal.
Entre los documentos que quedaron sin efectos se encuentra la Circular 0032 de 2026, relacionada con la libertad sindical y los permisos sindicales. El Ministerio consideró que algunas conductas y consecuencias incluidas en este documento no podían establecerse de manera autónoma mediante una circular administrativa.
También fue revisada la Circular 0040 de 2026, que establecía lineamientos sobre jornada laboral y horas extras en el sector de vigilancia privada. En este caso, la cartera cuestionó la interpretación realizada sobre algunas de las excepciones contempladas en la legislación laboral.
Otra de las disposiciones eliminadas corresponde a la Circular 0049, relacionada con la terminación de contratos de trabajadores que cuentan con estabilidad laboral reforzada.
De acuerdo con la Resolución 2708, este documento establecía requisitos, etapas y criterios para un procedimiento que, según el Ministerio, no podía ser creado únicamente mediante una instrucción interna.
La revisión también incluyó disposiciones relacionadas con el trabajo en plataformas digitales, la negociación colectiva, el trabajo doméstico, la reforma laboral y la jornada de trabajo.
En el caso de los trabajadores domésticos, el Ministerio cuestionó específicamente una disposición relacionada con el ingreso de inspectores a los domicilios. La cartera consideró que una circular no puede establecer excepciones a la protección constitucional de la inviolabilidad del domicilio.
Con la decisión, el Ministerio del Trabajo busca que este tipo de documentos administrativos se mantengan dentro de su función de orientar y coordinar actuaciones, sin que terminen convirtiéndose en instrumentos para establecer obligaciones que requieren una norma de mayor jerarquía.
La medida fue recibida de manera positiva por la Federación Nacional de Comerciantes, Fenalco. Su presidente, Jaime Alberto Cabal, destacó la decisión y aseguró que contribuye a fortalecer la seguridad jurídica para empleadores y trabajadores.
El dirigente gremial sostuvo que las obligaciones que afectan directamente a las empresas deben contar con un respaldo legal claro y ser expedidas respetando las competencias de cada autoridad.
Para Fenalco, la eliminación de las 11 circulares representa una oportunidad para revisar y simplificar el marco regulatorio laboral, especialmente aquellas disposiciones que, según el gremio, habían generado nuevas cargas y procedimientos para los empleadores sin contar con el sustento normativo necesario.
Cabal también manifestó su expectativa de que esta decisión permita abrir una nueva etapa de diálogo entre el Ministerio del Trabajo y el sector productivo, con el objetivo de que las futuras medidas laborales sean construidas con mayor claridad y participación de los sectores involucrados.
Sin embargo, la decisión también provocó rechazo entre organizaciones sindicales. La CUT, la CGT y las confederaciones de pensionados CPC y CDP cuestionaron la Resolución 2708 y señalaron que las circulares eliminadas contenían lineamientos destinados a proteger derechos laborales y sindicales.
Las organizaciones sostuvieron que la depuración administrativa no debería convertirse en una desregulación laboral ni significar un retroceso en las garantías conquistadas por los trabajadores.
Desde el movimiento sindical también reclamaron que, si el Ministerio considera necesario modificar o reemplazar estos instrumentos, primero deberían establecerse mecanismos que permitan mantener las garantías que estaban contempladas en las disposiciones derogadas.
El presidente de la CUT, Fabio Arias, calificó la decisión como un posible retroceso en materia de derechos laborales y sindicales. El exministro del Trabajo Antonio Sanguino también cuestionó públicamente la medida.
La senadora Jennifer Pedraza, por su parte, anunció que buscará demandar la Resolución 2708 y expresó su preocupación por lo que considera una afectación al principio de progresividad y no regresividad de los derechos sociales.
De esta manera, la decisión del Ministerio abrió un nuevo debate sobre el alcance que deben tener las circulares administrativas y sobre la forma en que el Estado puede establecer lineamientos en materia laboral.
Mientras el sector empresarial considera que la medida puede contribuir a generar mayor seguridad jurídica y evitar cargas que no tengan respaldo legal, las organizaciones sindicales advierten que la eliminación de estas disposiciones podría dejar sin orientación algunas garantías laborales.
Por ahora, las 11 circulares quedaron sin efectos hacia adelante y el Ministerio deberá definir, cuando corresponda, si algunos de los temas que estaban contemplados en ellas requieren nuevos instrumentos que se ajusten a las competencias legales de la entidad.