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Corte Constitucional permite excepción para convalidar títulos de bachiller obtenidos en Venezuela

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La Corte Constitucional, tras estudiar una acción de tutela presentada por una menor de edad nacida en Venezuela contra el Ministerio de Educación, ha establecido que, de manera excepcional y bajo ciertas condiciones, puede inaplicarse el requisito de apostilla para la convalidación de títulos de bachiller obtenidos en Venezuela.

Estas condiciones se aplican a migrantes menores de edad en estado de vulnerabilidad económica, que hayan obtenido el título de bachiller académico en Venezuela y que tengan interés en acceder a programas de educación superior.

Además, según la Corte, la persona solicitante debe «acreditar su diligencia y buena fe al adelantar los trámites relativos a la satisfacción de dicha exigencia».

La joven que presentó la acción de tutela argumentó que le era imposible cumplir con el requisito de apostillar su diploma para convalidar su título académico. Esto se debe a las dificultades para obtener la apostilla de los documentos ante las autoridades venezolanas, ya que no se encuentra en Venezuela, no tiene recursos económicos para desplazarse hasta territorio venezolano y no hay representación diplomática o consular de las autoridades venezolanas en Colombia, entre otras razones.

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