La Corte Constitucional se negó a una demanda que aseguraba que la imposición del servicio militar obligatorio únicamente a los hombres violaba el derecho a la igualdad. La entidad explicó que no existe discriminación porque la distinción que se hace en el servicio militar para hombres y mujeres es muy puntual y la norma incluso añade que, si las circunstancias del país lo requirieran, ambos sexos tendrían que incorporarse a las Fuerzas Militares de manera obligatoria.
Esta decisión ha sido tomada según la corte para “que se concentren en el acceso a los estudios superiores o en el ingreso al mercado laboral, en donde aún se imponen las brechas de género y las estadísticas demuestran que, como consecuencia de la pandemia derivada del Covid-19, se ha agravado nuevamente su situación”.
La corte aclaró que, en el proceso de incorporación militar, las mujeres trans deberán recibir el mismo trato de las cisgénero sin ningún tipo de diferencias. Es decir, que pensando en el libre desarrollo de la personalidad y a la libertad profesional se ha decidido que las mujeres se vinculen a las Fuerzas Militares de manera voluntaria hasta que el Gobierno Nacional lo considere pertinente.