La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) impuso sanciones económicas por más de $1.000 millones a dos clínicas en Colombia que vulneraron la normativa de precios en medicamentos esenciales. Las clínicas sancionadas fueron la IPS Clínica de la Mujer S.A.S. y la Fundación Oftalmológica de Santander (Foscal), que comercializaron medicamentos a precios muy por encima de los permitidos por la ley, en algunos casos superando el 600% de los costos establecidos. La Clínica de la Mujer enfrentará una multa de $712.647.276, mientras que la Foscal deberá pagar $372.202.588.
La SIC detalló que las sanciones buscan «garantizar el acceso justo y equitativo a medicamentos vitales», y fueron impuestas tras una exhaustiva verificación realizada por la Dirección de Investigaciones de la Delegatura para el Control y Verificación de Reglamentos Técnicos y Metrología Legal. Las irregularidades involucraron más de 70 medicamentos esenciales cuyos precios excedieron los límites establecidos en la Circular 12 de 2021. Entre los casos más graves, se destaca la venta de Micardis (Telmisartan 80mg) por la Clínica de la Mujer a $11.361 por unidad, lo que representó un incremento del 1.062% respecto al precio máximo permitido de $977.
Otros fármacos sobrecargados fueron Risperdal, un antipsicótico con un sobrecosto del 1.000%, y Zinacef, un antibiótico que superó el límite legal en un 611%. En el caso de Foscal, la Fundación comercializó 31 medicamentos a precios superiores a los establecidos, incluyendo el medicamento Remodulin (Treprostinilo 100mg/20ml), cuyo precio permitido de $29.719.693 fue duplicado, alcanzando los $59.253.750, un incremento del 99,38%.
La SIC destacó que estas prácticas afectan principalmente a los pacientes que requieren tratamientos de alto costo y no tienen acceso a recursos para cubrir estos sobreprecios, lo que pone en riesgo su salud y socava la eficiencia del sistema de salud nacional.
Ambas clínicas tienen la opción de apelar las sanciones, y de mantenerse las multas tras las apelaciones, deberán pagar los montos establecidos para «desincentivar prácticas similares y asegurar que los medicamentos sean accesibles a toda la población».
Título: Claro Multada por Incumplir con Normas de Protección al Usuario en Colombia
Por otro lado, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) también impuso una multa superior a los 2.000 millones de pesos a la empresa Claro, operada por Comunicación Celular S.A. – Comcel S.A., tras detectar varias irregularidades en la prestación de servicios de telecomunicaciones. La sanción fue el resultado de una investigación iniciada a partir de tres denuncias de usuarios que señalaron incumplimientos en los servicios ofrecidos por la compañía.
Las infracciones identificadas incluyen la vulneración del derecho a la información, el incumplimiento de promociones, cobros por servicios no autorizados, la mala calidad de los servicios y la facturación incorrecta. Entre los casos más graves, se reportó que el servicio “Pospago Netflix Pro MX (GB)” fue comercializado sin claridad sobre sus características y condiciones, y se realizaron cobros adicionales sin la autorización de los usuarios.
Otro hallazgo importante fue la activación de Netflix sin el consentimiento de los titulares de las cuentas, lo que contraviene las normativas de protección al consumidor. Además, Claro desactivó líneas móviles bajo el pretexto de prevención de fraude, afectando a los usuarios involucrados, y se incluyeron más de un período de facturación en una misma factura, lo que generó confusión y perjuicios para los clientes.
La multa impuesta a Claro asciende a 2.640 millones de pesos colombianos, equivalente a unos 660.000 dólares estadounidenses. Las autoridades subrayaron que estas prácticas son inaceptables y contravienen las disposiciones legales del sector de telecomunicaciones, protegiendo así los derechos de los usuarios.